La digitalización de los sectores productivos en general es un desafío de primer nivel y, más si cabe, para para el regadío en particular, ya que es estratégico para producir alimentos seguros y asequibles para la población en un entorno hostil y cambiante.

Por ello, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) publicó en el Boletín Oficial del Estado del 2 de agosto de 2023 la Orden TED/918/2023 las bases y convocatoria de las ayudas de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTE digitalización del ciclo del agua).

Os exponemos de forma resumida los aspectos clave de este PERTE del Regadío:

  1. ¿Qué entidades pueden pedir estas ayudas?
  • Comunidades de regantes
  • Comunidades de usuarios de aguas subterráneas (CUAS)
  • Comunidades generales de usuarios
  • Juntas centrales de usuarios de aguas
  • Federaciones de comunidades de usuarios
  1. ¿Qué importe máximo y mínimo se puede pedir por proyecto?

Para todas las entidades de riego, salvo para las Comunidades de usuarios de aguas subterráneas (CUAS):

  • Importe mínimo: 100.000 €
  • Y máximo: 2.000.000 €.

     3. ¿Qué actuaciones se subvencionan?

Y para las Comunidades de usuarios de aguas subterráneas (CUAS):

  • Importe mínimo: 100.000 €
  • Y máximo: 4.000.000 €.

Las inversiones financiables se agrupan en 7 soluciones digitales diferentes:

  • A: Aplicación para la tramitación electrónica, web y RRSS
  • B: Inventarios, visor mapas GIS con parcelario y red de riego
  • C: Nuevos contadores de agua o mejoras tecnológicas de los existentes
  • D: Monitorización del contenido de agua en el suelo para optimización del riego
  • E: Monitorización de calidad y volumen de agua en los retornos superficiales
  • F: Lisímetros para monitorización de los lixiviados a las aguas subterráneas
  • G: Telecontrol, monitorización, fertirrigación, mejora de la eficiencia energética y renovables.

Seguidamente, se comentan aspectos clave de cada solución tecnológica:

  • A: Aplicación para la tramitación electrónica, web y RRSS

El importe máximo será de 10.000 €.

  • B: Inventarios, visor mapas GIS con parcelario y red de riego

Se otorgará una subvención fija de 5.000 € por entidad de riego y una subvención variable de 5 €/ha

El presupuesto de esta solución no podrá superar los 500.000 € por entidad de riego.

  • C: Nuevos contadores de agua o mejoras tecnológicas de los existentes

En este apartado se distinguen 2 grupos:

C1: Instalación de nuevos contadores o mejoras tecnológicas de existentes en captaciones del dominio público hidráulico

Esta medida C1 es obligatoria para todas las captaciones que tenga la entidad de riego del dominio público hidráulico (DPH), de acuerdo a Orden ARM/1312/2009, salvo que ya disponga de los equipos instalados.

C2: Para instalar nuevos contadores a nivel de parcela

Se otorgará una subvención fija de 250 €/contador (independientemente del diámetro, tipología equipo de medida, etc.).

La ayuda asociada a esta solución C2 no podrá exceder el 20 % de la solicitud total del presupuesto total de la solicitud.

 

  • D: Monitorización del contenido de agua en el suelo para optimización del riego

En este apartado se distinguen 2 grupos:

D1: Instalación de sondas de humedad y potencial matricial del suelo

Se otorgará una subvención fija de 2.000 €/punto de medida.

D2: Aplicación teledetección para el control de humedad

Se otorgará una subvención a razón de 10 €/ha.

La ayuda asociada a esta solución D no podrá exceder el 10 % de la solicitud total del presupuesto total de la solicitud.

  • E: Monitorización de calidad y volumen de agua en los retornos superficiales

Existen 3 niveles según el grado de tecnificación:

  • F: Lisímetros para monitorización de los lixiviados a las aguas subterráneas

Existen 2 niveles según el grado de tecnificación:

  • G: Telecontrol, monitorización, fertirrigación, mejora de la eficiencia energética y renovables.

Este apartado final recoge un amplio abanico de inversiones:

Telecontroles y SCADAS

Válvulas

Sensores: presión, temperatura, conductividad, caudalímetros (salvo, solución C1 ni C2)

Sistemas soporte a la decisión

Teledetección, estaciones meteorológicas y drones para monitorización de cultivos

Sistemas monitorización energética

Instalaciones fotovoltaicas

Estudios: auditorías energéticas e hídricas, fertirrigación, implantación del plan de gestión del riesgo del agua regenerada en el marco del Reglamento (UE) 2020/741, etc.

Para este apartado se da una cantidad fija de 15.000 € por entidad de riego y una cantidad variable de 75 €/ha.

Asimismo, el presupuesto total de esta solución no podrá superar los 500.000 € por entidad de riego.

      4. Obligatoriedad de operación durante 5 años

Se deberá garantizar el mantenimiento y operación de la actuación subvencionada durante al menos cinco años después de la fecha de finalización del proyecto.

Para ello, se deberá emitir un informe a los 2 años y otro a los 5 años de la finalización del proyecto.

      5. Documentación a presentar en la solicitud

  • Memoria técnica: descripción de la entidad de riego, soluciones a proyectar, necesidades, objetivos, planificación, presupuesto, plan mantenimiento, plan comunicación, interrelación entre soluciones, etc.
  • Formulario solicitud
  • Certificado NIF
  • Certificado estar al corriente de pago con Agencia Tributaria y Seguridad Social
  • Certificado de poderes de representación
  • Documento acreditación constitución entidad de riego, expedido por organismo de cuenca
  • Certificado acuerdo órgano de gobierno
  • Declaraciones responsables varias
  • Plantilla Excel complementaria de MITECO

 6. Criterios de puntuación

6.1 Calidad técnica: 30 puntos. Análisis problemática, inversiones a realizar, presupuesto, etc. Se debe obtener una puntuación mínima en este apartado de 15 puntos para no ser descartado el proyecto.

6. 2 Criterios ambientales y sociales: 40 puntos. Contribución a mejora masa de aguas y reto demográfico, fomento sostenibilidad, etc.

6.3 Criterios estratégicos: 30 puntos. Mejora transparencia, innovación e integración de soluciones, perdurabilidad de actuaciones, etc.

La puntuación mínima deberá ser de 50 puntos.

        7. Forma de pago

La entidad de riego deberá ejecutar las inversiones y aportar la justificación de todo ello y, posteriormente, recibirá el pago de la parte subvencionable.

        8. Plazos para presentación solicitudes y resolución beneficiarios

  • Comienzo plazo inicio presentación solicitudes: 30 de octubre de 2023
  • Fin plazo presentación solicitudes: 13 de diciembre de 2023

La resolución de los beneficiarios será, como máximo, el 13 de junio de 2024, es decir, 6 mes de fin de plazo para presentación de solicitudes.

Toda la documentación se debe presentar vía electrónica.

       9. Plazos de ejecución inversiones

  • Mínimo de 24 meses
  • Y máximo, no superar la fecha del 1 de junio de 2026.

        10. Documentación a presentar tras ejecución de inversiones

  • Informe justificación (descripción de soluciones ejecutadas y pruebas de verificación).
  • Memoria económica (listado y documentos probatorios de los gastos ejecutados, listado gastos, 3 presupuestos, declaración responsable de coste total subvencionable firmada digitalmente por el representante legal, informe auditor, otros).
  • Informe de mantenimiento (para cada una de las actuaciones).

 

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