La finalidad es adaptar el régimen jurídico español de las aguas regeneradas al reglamento europeo.

El borrador del reglamento estatal de reutilización de aguas ha pasado a período de consulta pública. Desde Feragua hemos pedido a nuestros asociados sus comentarios y con ellas trabajaremos en las alegaciones para la mejora de la nueva normativa, que va a ser la que regule el acceso a las aguas regeneradas para los riegos de todos los cultivos en todos los años.

Haciendo hincapié en el principio de “quien contamina paga”, trataremos de asegurar, con nuestras alegaciones, que sean los sistemas de abastecimientos los que soporten los costes de la inversión en plantas de regeneración. Este principio será defendido con especial insistencia para todos aquellos casos en que las aguas regeneradas sean destinadas al regadío como recurso sustitutivo, y no como un nuevo recurso añadido.

Tenemos claro que el agua sustitutiva tiene que ponerse en la misma cota que la antes utilizada y por supuesto respetando todos los estándares de calidad mínimos.

Es necesario recordar que, de acuerdo con las recomendaciones de la UE, tanto la administración central como la autonómica están promoviendo en Andalucía el uso de aguas regeneradas para el regadío, contemplándose la reserva de más de 120 hm3 anuales para este uso en los nuevos planes hidrológicos del litoral andaluz y de 20 hm3 en el Guadalquivir. Todos estos nuevos recursos estarán sujetos a las estipulaciones de esta nueva normativa.