Con un presupuesto total de 11 millones de euros, las comunidades tienen hasta el 15 de octubre para presentar los proyectos, que pueden optar a una financiación máxima de 1 millón de euros, con un nivel de subvención del 60%.

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo y Desarrollo Rural ha publicado recientemente en BOJA la Orden de 29 de agosto, por la que se convoca sus ayudas para disminución de la dependencia energética: autoproducción y mejora de las instalaciones de riego, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales, compuestas por un mínimo de 7 comuneros.

Las comunidades de regantes que quieran beneficiarse de estas ayudas pueden presentar sus proyectos hasta el próximo 15 de octubre y Feragua asesorará a aquellas que estén interesadas. La finalidad de estas subvenciones es apoyar las inversiones necesarias para disminuir la dependencia energética de las instalaciones de riego, contribuyendo a la generación de energía para autoconsumo e incrementando la eficiencia energética de las instalaciones (motores, centros de transformación…).

Serán gastos subvencionables los siguientes: a) Las inversiones en obras, instalaciones y maquinaria fija necesarias para disminuir la dependencia energética mediante la autoproducción de energía en infraestructuras comunes de regadíos.; b) Las inversiones en obras, instalaciones y maquinaria fija necesarias para disminuir la dependencia energética mejorando las instalaciones de riego; c) Los gastos de redacción del proyecto y de dirección de las obras, en las cuantías especificadas más adelante; y d) El IVA, cuando no sea recuperable.

Los conceptos subvencionables deberán cumplir lo establecido en la normativa comunitaria relativa a la ayuda al desarrollo rural, y en particular, el requisito de que el ahorro energético respecto al consumo actual sea igual o superior al 5%. La intensidad de la ayuda será con carácter general del 60% del gasto elegible. No obstante, podrán verse incrementadas hasta en un 20% adicional en el caso de las actuaciones que se encuentren dentro de la Inversión Territorial Integrada de Cádiz). En cualquier caso, no podrá superar el 80% de los gastos elegibles.