Nadie mejor que las propias comunidades de regantes para conocer sus propias necesidades en digitalización.

Feragua ha presentado sus alegaciones al denominado PERTE digital, a través del cual el Estado destinará 200 millones de ayudas a la transformación digital del regadío español. La principal propuesta contenida en nuestras alegaciones es la desaparición de la “obligatoriedad” de ciertas actuaciones previstas en el catálogo de digitalización de regadío, el cual distingue entre medidas “obligatorias” y “voluntarias”. Entendemos que deben ser las comunidades de regantes las que marquen sus propias necesidades de digitalización, sin que se vean condicionadas por prioridades impuestas desde fuera.

¿Por qué no va a poder optar una Comunidad de Regantes a ayudas para desarrollar electrónicamente su administración y tramitaciones, lo que se califica como una solución voluntaria, sin adoptar antes otras medidas que se imponen como obligatorias y que puede que no les resulten necesarias o útiles a esa Comunidad? Nadie se tira piedras contra su propio tejado y nadie mejor que las propias Comunidades para definir y marcar sus prioridades y objetivos de digitalización, pues los proyectos o áreas de trabajo que puedan resultar cruciales para unas pueden tener menos interés para otros. Así lo ha entendido también Fenacore, que ha coincidido en sus alegaciones con este planteamiento de Feragua.

También hemos coincidido con Fenacore en que las obligaciones de información asociadas a la tramitación de las ayudas son excesivas. En particular, desde Fenacore se ha señalado que estas obligaciones pueden incumplir la Ley de Protección de Datos, en particular en relación a la cesión de la información digitalizada del parcelario de las comunidades de regantes, por lo que ha solicitado que sea sustituida por informes justificativos. En esta misma dirección, desde Feragua hemos insistido en que es importante evitar la exposición pública de datos privados de las CR beneficiaras sin el consentimiento explícito de ellas.

Asimismo, hemos solicitado reducir el número de informes justificativos, que es excesivo, y evitar la sobreponderación de los criterios de valoración ambientales y estratégicos, dando más relevancia a la calidad técnica de la propuesta, que pensamos debe ser el criterio de evaluación principal.

También hemos demandado otras cuestiones aparentemente menores pero que condicionarán mucho el éxito de la convocatoria, como que las solicitudes puedan ser presentadas no solo por los interesados sino por representantes autorizados, que pueda acreditarse el derecho del agua no solo por un título habilitante sino por un certificado de los organismos de cuenca, que las comunicaciones sean por correo certificado o cauces electrónicos oficiales (y no a través de un mero correo electrónico) y que a partir de la fecha de publicación de la convocatoria se puedan justificar gastos, con independencia de que la resolución llegue más tarde.