Demandamos la exención del IBI correspondiente y la moratoria sin interés en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, entre otras medidas.

Desde Feragua hemos planteado, además de la exención de cánones y tarifas, la incorporación de otras compensaciones fiscales en el Decreto de Sequía. Concretamente dos:

– La Exención del IBI correspondiente a los años 2021 y 2022 que afecten a fincas, viviendas, locales de trabajo y similares, de naturaleza rústica, de titularidad de agricultores y ganaderos afectados por la sequía en el ámbito de aplicación del RD-Ley.

– La Reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva, para el periodo impositivo 2021 (y 2022, si persiste la sequía), en los términos en los que hace la Orden HAC/411/2021, de 26 de abril, para 2020.

Por su parte, también consideramos necesarias las siguientes medidas en el plano laboral:

– Consideración de la situación extraordinaria de sequía causa de fuerza mayor en las suspensiones de contrato y reducciones de jornada (art. 47 del ET) y los despidos colectivos (art. 51 del ET) que tengan su causa directa en los daños producidos por dicha situación la sequía.

– Moratoria sin interés en el pago de cotizaciones a la SS, así como en el pago de las cuotas por jornadas reales para empresas y trabajadores por cuenta propia, titulares de las explotaciones agrarias afectadas por la sequía, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social.