Feragua presenta sus alegaciones a este proyecto, que se encuentra en periodo de información pública.

Nuestra Asociación ha presentado sus alegaciones al proyecto de Real Decreto de modificación de anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, proyecto que se encuentra en este momento en período de información pública. En estas alegaciones, hemos mostrado nuestro más rotundo rechazo al desplazamiento de las actuaciones en materia de regadíos y obras hidráulicas del Anexo II (procedimiento simplificado) al Anexo I (procedimiento ordinario). Desplazamiento que incrementa de forma injustificada las trabas administrativas a este tipo de actuaciones.

Como es costumbre arraigada en este Ministerio, las culpas de esta complicación de las trabas se les echan a Europa. Pero como es costumbre arraigada también, se falsea la realidad de forma descarada, utilizando los pronunciamientos de la Comisión Europea de forma torticera. Efectivamente, en el dictamen motivado de 23 de septiembre de 2021, la Comisión Europea ha instado al Reino de España a actualizar su legislación nacional relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, para adecuarla a la Directiva 2011/92/UE, modificada por la Directiva 2014/52/UE.

En un procedimiento de infracción, la Comisión consideró que España no había reflejado adecuadamente la Directiva en su legislación nacional, ya que la legislación española no exige una evaluación de impacto ambiental para determinados proyectos que pueden tener efectos potencialmente significativos sobre el medio ambiente. Este es el caso, en particular, de las instalaciones de extracción, tratamiento y transformación de amianto.

Para dar respuesta a este requerimiento de la Comisión, en lugar de limitarse a modificar los Anexos para incluir proyectos que antes se quedaban excluidos de la evaluación ambiental, ha endurecido la tramitación ambiental de cualesquiera proyectos relacionados con obras hidráulicas y regadíos, exigiéndoles con carácter general la tramitación ordinaria en vez de la simplificada, como hace la legislación vigente.

Una vez más, el Gobierno utiliza a Europa como coartada para justificar planteamientos ideológicos con un descarado sesgo ecologista contrario a los intereses del regadío. Las actuaciones hidráulicas y de regadío ya se encuentran sometidas a evaluación ambiental, por lo que no se trata de proyectos sobre los que la Comisión Europea haya señalado incumplimiento de la Directiva 2011/92/UE, modificada por la Directiva 2014/52/UE.

Asimismo, en nuestras alegaciones, también demandamos que las obras de modernización de regadíos con independencia de su tamaño y que no estén ubicadas en zonas protegidas – cuya actuación se limita a mejorar zonas ya transformadas en regadío desde hace muchos años-, y que con carácter general conllevan ahorro de agua y disminución de contaminación, al incorporar sistemas de riego más eficientes o fuentes de energías renovables, no sean sometidas a Evaluación de Impacto Ambiental alguna, pues su impacto sobre el territorio siempre es positivo.