¿Para cuándo la prometida gestión directa de la Breña II y Arenoso por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir?

Delimitaciones de zonas inundables y del dominio público hidráulico desproporcionadas. En todos los documentos analizados, tanto en el Guadalquivir, como en el Guadalete-Barbate como en el Tinto-Odiel-Piedras nos hemos encontrado con el mismo problema: una excesiva delimitación de las zonas inundables y del dominio público hidráulico, que abren la puerta a una conflictividad social innecesaria. Y es que la calificación de zona inundable de ciertas zonas agrícolas y ganaderas de las riberas condiciona de forma importante la nueva o modificación de construcciones agropecuarias, reduciendo el valor patrimonial de los terrenos y causando un impacto social y económico muy significativo. Algo parecido ocurre con la delimitación del dominio público hidráulico probable: zonas todas de propiedad privada, que podrían hacerse públicas sin compensación o contraprestación alguna para los legítimos propietarios. Hemos demandado a la administración que usen criterios hidromorfológicos para la delimitación del Dominio Público Hidráulico, de modo que este coincida con el río y sus riberas laterales. Parece, que en el tercer ciclo de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundaciones que empieza a tramitarse el MITECO y la CHG están dando respuesta a nuestras alegaciones en ciclos anteriores, las cuales esperamos se aprueben en el futuro cercano. Asimismo, pensamos que la delimitación de las zonas inundables debe basarse en datos reales y no en modelos teóricos que no tienen en cuenta la realidad ni tampoco consideran las obras de regulación y de protección de avenidas, ni los efectos del cambio climático, que se traducirán en menos lluvias y caudales. Confiamos que ambas administraciones pongan cordura y lógica en estos planes de gestión del riesgo de inundación, cuyo objetivo principal es minimizar los riesgos contra las personas, pero que no deben poner en peligro el desarrollo socioeconómico de Andalucía. En el adecuado equilibrio esta la virtud, y no en interpretaciones de circulares y guías metodológicas, que no tiene rango normativo, pero que atentan contra la propiedad privada y el desarrollo económico de nuestra región, amén de ser segura fuentes de conflictos jurídicos que hay que evitar.

El camalote llega a Andalucía. Y esta especie está incluida en la lista de las 100 más invasoras por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y en el Guadiana ya ha requerido inversiones por valor de más de 50 millones de euros para su erradicación. Una mala noticia que nunca se tendría que haber producido y que confirma que las especies exóticas continúan su invasión sin que las administraciones sepan arbitrar las medidas para ponerle freno. En este caso, hay que mirar especialmente a la Junta de Andalucía, que es la administración que reúne las mayores competencias, y que ha permitido que al mejillón cebra, la almeja asiática y los briozoos se les haya unido una cuarta especie invasora en discordia, tan amenazante o más que las anteriores.

La Breña II y Arenoso siguen en Acuaes (y con subida de canon incluida). En la presentación de los cánones y tarifas de la campaña nos hemos encontrado con una sorpresa inesperada: la subida del 36% del canon de la Breña II y Arenoso. Un incremento que nos parece desproporcionado y sobre todo carente de toda justificación, además de tremendamente inoportuno y descontextualizado, pues tras una campaña marcada por las restricciones hemos recibido menos recursos de estos embalses. El problema de fondo es que estos embalses siguen gestionados y adscritos a la sociedad pública ACUAES, dependiente como la CHG del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que dirige la vicepresidenta Teresa Ribera. La repercusión del IVA (1.826 millones de €), ilegal según nuestros servicios jurídicos, los elevadísimos costes de explotación y conservación de estos dos embalses (1,085 millones €) , – que cuestan a los usuarios de riego exactamente el doble que el resto de embalses del Sistema de Regulación General, y la repercusión de la amortización de la estación de bombeo de la Breña II (1.417 millones de €), -que no estando operativa no genera ningún beneficio pero pretenden sea soportada por los regantes-, suponen una repercusión adicional de casi 4,33 millones de euros al año, que desde luego vamos a luchar con todos nuestros medios para que sean eliminados del Canon de Breña II y Arenoso de 2022. Todos estos problemas se esfumarían si ambas presas fueran adscritas al patrimonio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y gestionados directamente por el organismo de cuenca. Es la cesión de la gestión a ACUAES, la única razón de ese sobrecoste de más de 12 €/ha para los regantes del sistema de regulación general y de 800.000 € para los usuarios del trasvase del Negratín, el cual, de forma incomprensible, se repercute sobre los regantes. Por eso, todo cobraría otra lógica más razonable si se acabara con esta excepcionalidad y estos dos embalses fueran adscritos directamente por el organismo de cuenca y amortizados a 50 años. Como ocurre con el resto de embalses de España.